ADOPCIÓN POR INTEGRACIÓN

| 06/03/2024

Una historia familiar: una adolescente llevará el apellido de su papá de crianza

Una historia familiar: una adolescente llevará el apellido de su papá de crianza
Imágenes de archivo
Imágenes de archivo

Una familia de Cipolletti realizó el último paso para una definitiva integración: el papá “de crianza” obtuvo la adopción plena de su “hija del corazón” adolescente, con quien compartió vínculo desde que ella tenía cuatro años. El fallo de la Justicia de Familia destacó los pasos que se fueron dando en esta construcción y el vínculo que consiguieron establecer.


Un fallo del fuero de Familia de Cipolletti le otorgó la adopción por integración al padre respecto de la adolescente. En adelante ella llevará el apellido del hombre que la crió, al igual que su hermano menor.

 

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Hasta los cuatro años la niña vivía solo con su madre y no tenía filiación paterna. La historia dio un paso significativo cuando, al año siguiente, la pareja decidió casarse y selló su compromiso no solo el uno con el otro, sino también con la pequeña, quien empezaba a comprender el significado de la familia. El matrimonio fue el inicio de un nuevo capítulo que marcó la llegada de un hermanito. Ese nacimiento completó la familia y llenó sus días de nueva alegría y aventura.


En este hogar, la niña creció sabiendo que, aunque no compartía el mismo apellido, estaba rodeada de amor incondicional. Su padre de crianza buscó asegurar un futuro donde todos compartieran no solo el hogar sino también un apellido. Por ello pidió la adopción por integración. Este acto no era solo un trámite legal, sino una afirmación del amor y el compromiso que sentía por su hija.

La espera, llena de expectativa, culminó con un fallo que le concedió la adopción. Esta decisión legal fue el último pilar en la construcción de su familia, un testimonio del poder del amor para crear lazos más fuertes que los de la sangre.

La adopción integrativa, una modalidad especial dentro del marco legal, permite la inclusión de un hijo del cónyuge o conviviente sin desvincularlo de su progenitor biológico. En este caso, la niña mantendrá su relación filial con la madre, mientras que adquiere legalmente el vínculo con su padre adoptivo y su apellido, fortaleciendo su sentido de pertenencia e identidad dentro de la nueva configuración familiar.

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En el caso, además de la jueza de Familia de Cipolletti que redactó la sentencia, intervino la Defensora de Menores y el Departamento de Servicio Social, encargado de las evaluaciones. Toda la familia, incluida la adolescente, tuvo un espacio para expresarse durante el proceso de adopción.


El informe técnico, respecto del padre, evidenció un “gran compromiso afectivo y una preocupación que se infiere sincera y genuina por el bienestar emocional de su hija afín”.

 

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